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LOS INCONVENIENTES DE LA INTERVENCIÓN DE PRECIOS

31-03-2022 12:23

ACENEL

Noticia, Crisis energética, Intervención de precios,

LOS INCONVENIENTES DE LA INTERVENCIÓN DE PRECIOS

Cualquier precio intervenido que no pueda ser proporcionado, en igualdad de condiciones, por cualquier comercializador de energía supondría importantes conse...

 

 

 

Los inconvenientes de la intervención de precios.

 

 

 

Cualquier precio intervenido que no pueda ser proporcionado, en igualdad de condiciones, por cualquier comercializador de energía supondría importantes consecuencias negativas para las comercializadoras independientes, la liberalización, la efectiva competencia y, en definitiva, un importante perjuicio a los consumidores finales.

 

Las tarifas refugio que sólo pueden prestar determinado segmento de comercializadoras (las de referencia o reguladas), así como cualquier otra actuación que obligase a la oferta de precios por debajo de mercado y cuyo esquema de financiación tuviera que ser asumido por las comercializadoras en libre mercado, con el consiguiente daño a la liquidez de las citadas empresas, a la postre perjudicaría al conjunto del sistema eléctrico en el corto-medio plazo.

 

 

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Así mismo, el esquema de minoración de beneficios de tecnologías inframarginales ha empujado a las eléctricas tradicionales a vender su generación intragrupo y a proporcionar precios muy por debajo de mercado a los consumidores, sin ningún tipo de esquema de concurrencia competitiva que permitiera tanto a los generadores como a los compradores obtener el mejor acuerdo de precio con arreglo a sus intereses, como debería imperar en un sistema con separación efectiva de actividades.

Tras décadas de liberalización del sector de la comercialización de electricidad, la existencia de un precio regulado accesible para cualquier consumidor de energía eléctrica en Baja Tensión hasta 10 kW de potencia contratada, carece de razón de ser y perjudica la efectiva liberalización (y sus beneficios asociados) y debería ser sustituido por una única Tarifa de Último Recurso (TUR), que sólo pudiera ser aplicada a los consumidores vulnerables o a aquellos que transitoriamente carezcan de un contrato de suministro en mercado libre (en este último caso, con el correspondiente sobrecoste para desincentivarla).

 

Todo lo anterior ha sido puesto en conocimiento, por parte de ACENEL, ante la CNMC y el Ministerio para la Transición Ecológica.


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